Permítanos Guiarle a través del Complejo Proceso de Inmigración

Solicitar un estatus de residente legal permanente (LPR) basado en la familia, proceso consular, exenciones de inadmisibilidad, y ciudadanía puede ser una de las metas más importantes en la vida de una persona. Sin embargo, presentar una solicitud incorrecta o incompleta puede tener graves consecuencias. No juegue con su futuro. Podemos ayudarle a navegar la compleja red de leyes para lograr el éxito en su caso de inmigración.

Meyer Law Office, PC tiene un fuerte historial en todos los aspectos de la inmigración basada en casos de familia, incluyendo ajustes de residencia legal permanente, procesos consulares, peticiones basadas en familia y ciudadanía. También nos especializamos en ayudar a clientes con las peticiones VAWA, solicitudes de visa U, asilo y otros beneficios migratorios para las personas que son sobrevivientes de crimen o que están buscando protección por persecución. Entendemos que tan importante el estatus migratorio es para usted y sus seres queridos, así que pelearemos junto usted cada paso de la solicitud hasta que su petición sea aprobada.

¿Quién puede legalizar a quién?

Los ciudadanos estadounidenses pueden presentar la Petición I-130 para cónyuges, hijos, padres, y hermanos. Los ciudadanos estadounidenses también pueden presentar la Petición I-129F para novios. Para someter una petición por un padre, por parte de un ciudadano estadounidense, el hijo debe tener por lo menos 21 años de edad. Los residentes permanentes legales pueden presentar la Petición I-130 para cónyuges e hijos solteros. En estas normas aplican reglas especiales para hijos adoptados e hijastros.

¿Cuánto tiempo es de espera?

Existe cierto número de visas para inmigrantes llamadas “green cards” o tarjetas verdes, estas se publican cada año para ciertas categorías basadas en peticiones familiares. No hay suficientes tarjetas verdes disponibles para todos los que la solicitan, hay una lista de espera para determinadas categorías basadas en la familia. El primer paso para ser colocado en lista de espera es presentar un formulario I-130, que es una petición para un familiar extranjero. Una vez que la fecha de prioridad de la petición I-130 se llegue, el solicitante puede tomar el siguiente paso para obtener su tarjeta verde.

Familia inmediata

No hay lista de espera para los siguientes familiares: cónyuges de ciudadanos estadounidenses, padres de ciudadanos estadounidenses, e hijos menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses.

Categorías de preferencia familiar

Para todos los otros parientes, hay lista de espera. Hay cuatro categorías de preferencia familiar:

  • 1 º preferencia: hijos e hijas solteros (21 o y más) de ciudadanos estadounidenses
  • 2A preferencia: cónyuges e hijos solteros (menores de 21 años) de residentes permanentes legales
  • 2B preferencia: hijos e hijas solteras (21 o más) de residentes permanentes legales
  • 3ro preferencia: hijos e hijas casados (21 o más) de ciudadanos de estadounidenses
  • 4to preferencia: hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses

Familiares que caen dentro de estas categorías basadas en preferencias deben esperar que llegue su fecha de prioridad para poder solicitar su tarjeta verde. Cada mes, el Departamento de Estado de los Estados Unidos publica el boletín de visas, que muestra las fechas de prioridad vigentes en cada categoría para ese mes. La fecha de prioridad es generalmente la fecha en que la petición I-130 fue sometida.